Usuarios:
Según el Artículo N° 6 de los Estatutos vigentes, son miembros o accionistas de esta Junta de Vigilancia, las asociaciones de canalistas, las comunidades de aguas superficiales, las personas naturales o jurídicas titulares de derechos de aprovechamiento de aguas que extraigan sus aguas desde la corriente natural, que tengan constituidos derechos consuntivos y/o no consuntivos en el Río Tinguiririca y/o en los afluentes que estén bajo su jurisdicción.
Los accionistas se dividen en dos Series:
1.- Accionistas Serie A: Corresponde a los titulares de derechos consuntivos de ejercicio permanente y continuo. El total de los derechos de la serie a se dividen en 26.703,5 acciones, con una dotación normal máxima equivalente a 4,72 litros por segundo por cada acción del río Tinguiririca. De acuerdo a nuestros registros, el caudal con 85% de probabilidad de excedencia para los tres meses de mayor demanda de riego equivale a una dotación de 2,2 litros por segundo por acción de río, en bocatomas.
2.- Accionistas Serie B: Corresponde a los titulares de derechos no consuntivos, que a la fecha aprovechan las aguas superficiales desde el cauce natural para la generación hidroeléctrica. Para determinar el número de acciones de que es titular un accionista de la Serie B se considera el producto entre el caudal que corresponda a cada derecho según el respectivo acto de constitución o adquisición (expresados en metros cúbicos por segundo) y el desnivel entre el punto de captación y el punto de restitución del mismo derecho (expresado en metros lineales), correspondiendo una acción de la Junta de Vigilancia por cada 0,206 metros cúbicos por metro de desnivel. Las acciones de los usuarios de la Serie B no podrán sobrepasar el 21,43 % de las acciones de la Junta, sin perjuicio del caudal otorgado y registrado en esta organización.